En días pasados, el Ministerio del Trabajo publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se adicionan los derechos laborales y la seguridad social para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines”.
De esta manera, tiene por objeto reglamentar la contratación, afiliación, cotización y protección social de periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines, dependientes e independientes, con el fin de ampliar la cobertura del Sistema de Seguridad Social Integral y promover condiciones de trabajo digno y decente.
Así, se aplicarán a todas las personas jurídicas del sector privado, agremiaciones o instituciones del sector de periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines. A las personas naturales que desarrollen actividades informativas, periodísticas o comunicacionales en el territorio nacional, tales como: periodistas profesionales, comunicadores sociales, periodistas independientes, reporteros, reporteros comunitarios, analista informativo, productor de contenido informativo, trabajadores afines al periodismo y la comunicación social.
Igualmente, se reconocen como trabajadores u oficios afines al sector del periodismo y la comunicación social, entre otros, los siguientes: Camarógrafos, Auxiliares de Cámara, Reporteros Gráficos, Editores, Directores de Comunicación (DIRCOM), Community Managers, Comunicadores Organizacionales, Redactores Multiplataforma, Locutores, Presentadores, Guionistas, Fotoperiodistas Digitales, Productores Audiovisuales, Periodistas de Datos, Profesores Universitarios de Periodismo y Comunicación Social, Publicistas, Especialistas en Comunicación para la Ciencia y la Cultura, Periodistas de Investigación Digital, así como aquellos que se desarrollen o se creen en virtud de la evolución del sector.
Por último, los periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines, se les aplicará la jornada máxima laboral ordinaria con la duración máxima de cuarenta y dos (42) horas semanales, que se puede distribuir en los cinco (5) o seis (6) días a la semana, con un mínimo de 4 horas y un máximo de 9 horas diarias sin recargo por trabajo suplementario.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 16 de mayo de 2026.