Notijurídico 043 - MinSalud modificará el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud -RIPS, soporte de la Factura Electrónica de Venta en salud

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Proyecto de Resolución “Por la cual se modifica el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud -RIPS, soporte de la Factura Electrónica de Venta -FEV en salud”.

De esta manera, para la implementación del RIPS como soporte de la FEV en salud y el inicio de la operación de la plataforma del mecanismo único de validación, las entidades y el Ministerio de Salud y Protección Social, seguirán las siguientes actividades y cronograma:

  • Micrositio: 1 al 16 de abril de 2024
  • Mecanismo de autenticación para PSS y PTS: Del 22 de abril al 3 de mayo de 2024.
  • Instalación de la plataforma: Del 22 de abril al 3 de mayo de 2024.
  • Asistencia técnica: Del 6 al 17 de mayo de 2024.

Así, a partir del 1 de octubre de 2024, las entidades deben entregar el RIPS correspondiente a los servicios y tecnologías de salud prestados y facturados a partir de esta fecha conforme lo previsto en la presente resolución y sus anexos técnicos; mientras se cumple este plazo los RIPS deberán ser entregados en las estructuras definidas en la Resolución 3374 de 2000 y demás normas relacionadas.

Igualmente, los prestadores de servicios de salud, las entidades responsables de pago y demás pagadores, dispondrán hasta el 31 de marzo de 2025 para enviar los RIPS de las atenciones prestadas antes del 1 de octubre de 2024, conforme a la periodicidad con la que se remiten durante la operación. La facturación de estos servicios se realizará en la estructura convencional de facturación electrónica establecida por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ––DIAN.

Por último, para la implementación de las disposiciones previstas en el presente acto administrativo, el Ministerio de Salud y Protección Social determinará el mecanismo de transferencia de información. La forma de disposición de los datos del RIPS a las entidades responsables de pago y demás pagadores se realizará de acuerdo con lo definido por las partes. Se podrá direccionar la verificación y consulta de estos datos hacia la plataforma definida por el Ministerio.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 22 de marzo de 2024.

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