Notijurídico 037 - Secretaría de Hacienda establecerá las características de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuestos

En días pasados, la Secretaría Distrital de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por la cual se establecen las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, el contenido y las características de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá”.

De esta manera, todos los contribuyentes del impuesto de Industria y comercio (ICA) en Bogotá D.C, que hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 3.500 UVT y que se hayan deducido ingresos por concepto de actividades excluidas o no sujetas y otros ingresos no gravados, deducciones o exenciones durante el año gravable 2023 deberán suministrar la siguiente información:

  • Vigencia
  • Concepto de ingresos por actividades no sujetas, deducciones o exenciones.
  • Valor total de la no sujeción, deducción o exención por cada concepto.

Igualmente, los agentes de retención del impuesto de industria y comercio que hubieren practicado o asumido retenciones en la ciudad de Bogotá, por concepto de este impuesto durante el año gravable 2023, deberán suministrar la siguiente información, en relación con el sujeto de retención, es decir, a quien se le practicó la retención:

  • Vigencia.
  • Tipo de documento de identificación
  • Número de documento de identificación
  • Nombre(s) y apellido(s) o Razón social
  • Dirección de notificación
  • Teléfono
  • Dirección de correo electrónico (Email)
  • Código ciudad o municipio (codificación DANE)
  • Código de departamento (codificación DANE)
  • Base de retención
  • Tarifa aplicada
  • Monto retenido anualmente

Por último, la información deberá entregarse únicamente a través de la página WEB de la Secretaría Distrital de Hacienda. La información se recibirá únicamente en los plazos establecidos. En todos los casos, la información suministrada deberá atender y adaptarse a las especificaciones técnicas.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 16 de marzo de 2024.

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