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Notijurídico 033 - MinAmbiente modificará los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes que deberán cumplir las fuentes móviles terrestres

En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se modifica la Resolución que reglamenta los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes que deberán cumplir las fuentes móviles terrestres”.


De esta manera, el presente reglamento técnico aplica a las fuentes móviles terrestres de carretera y de uso fuera de carretera nuevas.


Así, se exceptúan del cumplimiento de las disposiciones de la presente resolución las siguientes fuentes móviles terrestres:


Las fuentes móviles terrestres de uso fuera de carretera destinadas exclusivamente a labores agrícolas; las demás que operen con combustibles diferentes a diésel; y aquellas que sin importar su combustible y labores tengan una potencia nominal menor a 19 kW o superior a 560 kW y no cuenten con sistemas de refrigeración o aire acondicionado que utilicen sustancias controladas.

Las fuentes móviles terrestres Aprehendidas, Decomisadas y Abandonadas (ADA) que se encuentren en poder de la Nación a la entrada en vigencia de esta Resolución y que sean destinadas a la contribución del desarrollo económico y social de los municipios de categoría 4, 5 y 6 de conformidad con lo dispuesto en la Ley 617 de 2000, así como de las zonas declaradas como áreas de inversión especial para la superación de la pobreza.


Igualmente, el fabricante, ensamblador o importador de fuentes móviles terrestres al territorio nacional, deberá obtener el Certificado de Emisiones en Prueba Dinámica y el Visto Bueno por Protocolo de Montreal.


Por último, los ciclos y procedimientos para la evaluación de las emisiones en prueba dinámica serán los descritos en la reglamentación de Estados Unidos y de la Unión Europea, según corresponda conforme a la tipología de la fuente móvil terrestre.


De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 31 de marzo de 2026.


Descargue el documento aquí

 

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