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Notijurídico 029 - El ICA establecerá requisitos fitosanitarios para la importación a Colombia de semillas de Girasol de origen y procedencia Chile

En días pasados, el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se establecen los requisitos fitosanitarios para la importación a Colombia de semillas de Girasol de origen y procedencia Chile, para ensayo, uso comercial y/o siembra”.

De esta manera, tiene por objeto establecer los requisitos fitosanitarios para la importación a Colombia de Semillas de Girasol (Helianthus annuus L.) de origen y procedencia Chile, para ensayo, uso comercial y/o siembra.

Así, serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas que importen a Colombia Semillas de Girasol (Helianthus annuus L.) de origen y procedencia Chile, para ensayo, uso comercial y/o siembra.

Igualmente, para la importación a Colombia de Semillas de Girasol (Helianthus annuus L.) de origen y procedencia Chile, para ensayo, uso comercial y/o siembra, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. El Certificado fitosanitario del país de origen debe incluir la siguiente declaración adicional: El envío fue sometido a pruebas diagnósticas en origen y se encontró libre de Arthrinium phaeospermum, Curvularia australiensis y Plasmopara halstedii. Todos los resultados de las pruebas deben anexarse en cada envío.
  2. El envío debe venir libre de semillas de malezas cuarentenarias para Colombia.
  3. El importador debe informar si el material es un Organismo Vivo Modificado (OVM). De ser un OVM, deberá cumplir con la normatividad vigente establecida por el país.
  4. Utilizar empaques nuevos debidamente identificados.
  5. El empaque del producto debe venir marcado con el nombre botánico (género y especie).
  6. Inspección Fitosanitaria en el lugar de entrada.

Por último, los funcionarios del Instituto Colombiano Agropecuario, en el ejercicio de las actividades de inspección, vigilancia y control que se realicen en virtud de la presente resolución, tendrán el carácter de inspectores de Policía Sanitaria y gozarán del apoyo y protección de las autoridades civiles y militares para el cumplimiento de sus funciones.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 24 de marzo de 2026.

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Informe Diario 16 de marzo de 2026
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