En días pasados, la Secretaría Distrital de Movilidad, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se modifican el Manual de uso del sistema de Información y Registro de Conductores”.
De esta manera, las empresas habilitadas para prestar el servicio de Transporte Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en el nivel básico, en el Distrito Capital, deberán registrar la información contenida en las tarjetas de control a través del Sistema de Información y Registro de Conductores al momento de su expedición y/o refrendación, y asignar a cada tarjeta el número entregado por dicho sistema.
Así, las empresas habilitadas para prestar el servicio de Transporte Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en el nivel básico serán exclusivamente responsables por el buen uso del sistema y por la veracidad de la información registrada, manteniendo la custodia de las credenciales de acceso asignadas, y evitando el uso inadecuado de las mismas.
Igualmente, las empresas habilitadas para la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en vehículos taxi, no podrán expedir y/o refrendar Tarjetas de Control sin haber realizado el reporte respectivo a través del Sistema de Información y Registro de Conductores, así mismo, se aplicarán las sanciones consagradas en la normatividad vigente ante el incumplimiento de las disposiciones relativas a la Tarjeta de Control vigente y registrada en el Sistema de Información y Registro de Conductores.
Por último, todo conductor de taxi deberá obtener y mantener vigente la respectiva Tarjeta de Control. Las empresas habilitadas para prestar el servicio de Transporte Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en el nivel básico, en el Distrito Capital, no permitirán bajo ningún caso la prestación del servicio por parte de conductores que no cuenten con su respectiva Tarjeta de Control vigente.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 25 de febrero de 2026.