En días pasados, el Ministerio de Minas y Energía, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se reglamenta el Programa Colombia Solar”.
De esta manera, tiene por objeto reglamentar los instrumentos contractuales para la implementación del Programa Colombia Solar; lo referente a la propiedad, operación y mantenimiento de la infraestructura que se desarrolle en el marco del Programa y los criterios y mecanismos para la focalización y priorización de usuarios de estratos 1, 2 y 3 del Sistema Interconectado Nacional.
Así, la entidad o entidades que el Ministerio de Minas y Energía designe como administradoras de los recursos, junto con los agentes que intervienen en la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica, adelantarán las actuaciones necesarias para la implementación, seguimiento y evaluación de las acciones requeridas para la ejecución, desarrollo y puesta en marcha del Programa Colombia Solar, bajo la coordinación del Ministerio de Minas y Energía y de conformidad con los objetivos y fuentes de financiación establecidos.
Igualmente, los activos del Programa Colombia Solar sólo podrán ser usados para beneficiar a los usuarios de los estratos 1, 2 y 3 del Sistema Interconectado Nacional. Los beneficiarios del programa no podrán disponer de estos activos y deberán usarlos exclusivamente para alcanzar los objetivos, sin perjuicio de las responsabilidades legales.
Por último, el Ministerio de Minas y Energía como administrador del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos (FSSRI) deberá revisar y, de ser necesario, ajustar la metodología establecida para el reporte trimestral de las conciliaciones de las cuentas de subsidios y contribuciones que deben hacer las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional (SIN), teniendo en cuenta el impacto del Programa Colombia Solar sobre los usuarios de estrato 1, 2 y 3.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 17 de febrero de 2026.