En días pasados, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se crea y reglamenta el Programa de Salvavidas al Empleo”.
De esta manera, tiene por objeto reglamentar los requisitos para que los Empleadores de Bogotá D.C. accedan al Programa Salvavidas al Empleo.
Así, establézcase una medida temporal, focalizada y contracíclica de fomento económico, consistente en un beneficio monetario que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico otorga a un Empleador, con el objetivo de promover la Permanencia de Empleados con Contrato de Trabajo que devenguen un (1) Salario Mínimo Legal Mensual. Su valor se calcula en pesos colombianos para cada Contrato de Trabajo que postule el Empleador y que cumpla con los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Igualmente, el valor del Incentivo será equivalente a:
- Ochocientos mil pesos ($800.000) por cada Contrato de Trabajo que el Empleador haya suscrito con una mujer, Persona de Género No Binario o Persona Transgénero, cuyo salario sea equivalente a un (1) Salario Mínimo Legal Mensual y que postule ante el Programa Salvavidas al Empleo, conforme las reglas establecidas.
- Setecientos mil pesos ($700.000) por cada Contrato de Trabajo que el Empleador haya suscrito con una persona de sexo masculino cuyo salario sea equivalente a un (1) Salario Mínimo Legal Mensual y que postule ante el Programa Salvavidas al Empleo, conforme las reglas establecidas.
Por último, cerrado el plazo de inscripción, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico informará mediante aviso público y al correo electrónico registrado por el Empleador, el plazo, los requisitos y el procedimiento para el cargue de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 17 de febrero de 2026.