Notijurídico 011 - Alcaldía Mayor de Bogotá ordenará implementar medidas de austeridad y eficiencia del gasto público en la administración distrital

En días pasados, la Alcaldía Mayor de Bogotá, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Proyecto de Decreto “Por el cual se ordena implementar medidas de austeridad y eficiencia del gasto público en las entidades y organismos de la administración distrital”.

De esta manera, aplica a las entidades y organismos que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, a las Empresas Sociales del Estado, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y las entidades que tienen el régimen de aquellas, las Sociedades Públicas, las Sociedades de Economía Mixta del orden distrital en las que el Distrito Capital posea el noventa por ciento (90%) o más de su capital social, los entes autónomos universitarios y la Veeduría Distrital.

Así, con el fin de racionalizar el uso de los recursos públicos, los representantes legales de las entidades y organismos distritales aplicarán criterios de eficiencia, eficacia y economía en el desarrollo de su gestión. Para el efecto, adoptarán las decisiones de gasto público con observancia de los principios de planeación, coordinación, objetividad, orientación a resultados, transparencia, legalidad, autocontrol y austeridad.

Igualmente, podrán tramitarse modificaciones de plantas de personal y estructura organizacional de las entidades y organismos distritales, únicamente cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorro, previo concepto de viabilidad técnica emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, y de viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Por último, las entidades u organismos del orden distrital podrán proponer reformas a la planta de personal y a la estructura organizacional que generen gasto, cuando sean consideradas prioritarias para el cumplimiento de las metas y políticas del Gobierno Distrital en concordancia con el Plan de Desarrollo Distrital, previo concepto de viabilidad emitido por las entidades mencionadas en el inciso anterior, la Secretaría Distrital de Planeación y de acuerdo con los lineamientos que para el efecto expida la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 6 de febrero de 2024.

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