En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica parcialmente el arancel de aduanas, estableciendo un arancel del treinta y cinco por ciento (35%) para determinadas importaciones de calzado”.
De esta manera, tiene por objeto establecer un arancel del treinta y cinco por ciento (35%) a las importaciones cuyo precio FOB declarado sea inferior o igual al umbral que se determina para las siguientes partidas arancelarias del Capítulo 64 del Arancel de Aduanas Nacional:
- Partida arancelaria: 6401 calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural / Umbral: 6 (USD/par).
- Partida arancelaria: 6402 calzado con suela y parte superior de caucho o plástico / Umbral: 6 (USD/par).
- Partida arancelaria: 6403 calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural / Umbral: 10 (USD/par).
- Partida arancelaria: 6404 calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y la parte superior (corte) de materias textiles / Umbral: 6 (USD/par).
- Partida arancelaria: 6405 calzado, polainas y artículos análogos / Umbral: 7 (USD/par).
Así, a las mercancías del Capítulo 64 del Arancel de Aduanas Nacional provenientes de una Zona de Régimen Aduanero Especial, de una Zona Franca o de un Centro de Distribución Logística Internacional, se les aplicará lo previsto en el presente decreto en el momento en que vayan a ser introducidas al resto del territorio aduanero nacional.
Igualmente, excluir de la aplicación de las medidas establecidas a las importaciones originarias de países con los cuales Colombia tenga acuerdos internacionales de comercio vigentes.
Por último, los aranceles establecidos regirán por el término de cinco (5) años contados a partir de su entrada en vigencia. Vencido este término, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto número 2153 de 2016 y sus modificaciones.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 3 de febrero de 2026.