Notijurídico 066 - MinHacienda modificará el régimen de reservas técnicas de las entidades aseguradoras

En días pasados, el Ministerio de Hacienda publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica el régimen de reservas técnicas de las entidades aseguradoras”.

De esta manera, las entidades aseguradoras tienen la obligación de calcular, constituir y ajustar en forma mensual sus reservas técnicas, salvo para las reservas que presenten una periodicidad diferente. El cálculo de las reservas técnicas corresponderá a la mejor estimación de las obligaciones de las entidades aseguradoras, sumado al ajuste por riesgo no financiero.

Así, las anteriores reservas, con excepción de la reserva de riesgos catastróficos y la reserva de riesgos en curso del ramo de terremoto, se constituirán en el pasivo de la entidad por su valor bruto, es decir, sin descontar la parte a cargo del reasegurador y corresponderán a la mejor estimación de las obligaciones, sumado al ajuste por riesgo no financiero.

Por último, las entidades aseguradoras cedentes deberán reconocer en el activo, las contingencias a cargo del reasegurador sumado al correspondiente ajuste por riesgo no financiero. Este activo estará sujeto a deterioro, según los criterios que defina la Superintendencia Financiera de Colombia. En todo caso, un activo por reaseguro tendrá deterioro, si como consecuencia de cualquier hecho ocurrido, circunstancia o situación adversa surgida después de su reconocimiento inicial, la entidad aseguradora cedente evidencie que ha aumentado la probabilidad de incumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de reaseguro suscritos.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 3 de mayo de 2024.

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