El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto No. 2442 de 2018 mediante el cual define el calendario tributario nacional, en donde se señalan los valores tope de patrimonio bruto, ingresos, compras con tarjeta, consumos en general y valor acumulado de las consignaciones bancarias a partir de los cuales los contribuyentes están obligados a declarar renta
La norma precisa que, con relación al año gravable 2018, no estarán obligados a declarar renta, entre otros, los asalariados cuyos ingresos provengan, por lo menos en un ochenta por ciento (80%), de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando se cumplan la totalidad los siguientes requisitos adicionales: