El día de ayer, la Alcaldía Mayor de Bogotá, expidió el Decreto No. 018 de 2021 “Por medio del cual se adoptan medidas para conservar la seguridad, preservar el orden público, y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19)”.
De esta manera, tiene por objeto restringir Ia circulación de personas y vehículos por vÍas y lugares públicos en Ia ciudad de Bogota D.C. desde las 08:00 p.m. del 15 de enero de 2021 hasta las 04:00 am. del día 18 de enero de 2021.
Durante el periodo de restricción se exceptúan las personas y vehÍculos indispensables para Ia realización de las siguientes actividades:
Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar.
Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud.
Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y de animales.
Orden público, seguridad general y atención sanitaria.
Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que Ia autoridad así lo requiera.
Así, durante el periodo de restricción previsto, no se podrán desarrollar las siguientes actividades:
Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeraciones, desarrollados en espacios abiertos o cerrados, sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público.
La realización de ciclovía, la celebración de actividades deportivas tales como los torneos de fútbol profesional y la apertura y funcionamiento de los parques de escala metropolitana.
Discotecas, bares, lugares de baile y establecimientos similares.
En la misma medida, restringir el expendio y consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público en todo el Distrito Capital, desde las ocho de Ia noche (8:00 p.m.) del viernes 15 de enero de 2021, hasta las cuatro de Ia mañana (04:00 a.m.) del martes 18 de enero de 2021.
Por último, la restricción de pico y cédula también aplicará para las medidas especiales de circulación adoptadas.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.