A consulta guías sobre derecho de la competencia y asociaciones gremiales

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A consulta guías sobre derecho de la competencia y asociaciones gremiales

La Ley 1340 de 2009 “por medio de la cual se dictan normas en materia de protección de la competencia”, en su artículo 2 establece que las normas de protección de la competencia serán aplicables a todo aquel que desarrolle una actividad económica, o afecte o pueda afectar ese desarrollo, independientemente de su forma o naturaleza jurídica, en cualquier sector económico.
 
En ese sentido la Superintendencia de Industria y Comercio SIC ha establecido que las asociaciones gremiales son objeto de ámbito de aplicación de estas normas y por ende, ha venido adelantado algunos procesos por prácticas restrictivas de la competencia a algunas de estas entidades.
 
Como esta es una situación sin antecedentes en Colombia en el sector empresarial, la SIC ha puesto en consideración unas guías metodológicas que pretender informar y dar lineamientos a las asociaciones gremiales, sobre los siguientes puntos:
 

  • Aplicación de las leyes de competencia a los gremios.
  • Límites relacionados con intercambios de información.
  • Límites a las decisiones de los gremios, relevantes en la actividad comercial de los agentes.
  • Comportamientos que exceden las facultades del derecho de asociación y que pueden obstruir la competencia, discriminar a competidores y disminuir la competencia entre los agremiados.

 
Debido a la trascendencia que tiene este nuevo panorama en la forma como operaría nuestro gremio, agradecemos revisar las guías metodológicas puestas a consideración y hacernos llegar sus comentarios a más tardar el día miércoles primero (1) de febrero a los correos electrónicos:
 
carolinasanchez@fenalco.com.co
juanarango@fenalco.com.co
 
Adjuntamos por su interés las cartillas mencionadas. 
 
Reciban un cordial saludo,
 
 
 
 
CAROLINA SANCHEZ LÓPEZ
Directora Jurídica

Fuente Noticia: 

SIC

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A consulta guías sobre derecho de la competencia y asociaciones gremiales

La Ley 1340 de 2009 “por medio de la cual se dictan normas en materia de protección de la competencia”, en su artículo 2 establece que las normas de protección de la competencia serán aplicables a todo aquel que desarrolle una actividad económica, o afecte o pueda afectar ese desarrollo, independientemente de su forma o naturaleza jurídica, en cualquier sector económico.
 
En ese sentido la Superintendencia de Industria y Comercio SIC ha establecido que las asociaciones gremiales son objeto de ámbito de aplicación de estas normas y por ende, ha venido adelantado algunos procesos por prácticas restrictivas de la competencia a algunas de estas entidades.
 
Como esta es una situación sin antecedentes en Colombia en el sector empresarial, la SIC ha puesto en consideración unas guías metodológicas que pretender informar y dar lineamientos a las asociaciones gremiales, sobre los siguientes puntos:
 

  • Aplicación de las leyes de competencia a los gremios.
  • Límites relacionados con intercambios de información.
  • Límites a las decisiones de los gremios, relevantes en la actividad comercial de los agentes.
  • Comportamientos que exceden las facultades del derecho de asociación y que pueden obstruir la competencia, discriminar a competidores y disminuir la competencia entre los agremiados.

 
Debido a la trascendencia que tiene este nuevo panorama en la forma como operaría nuestro gremio, agradecemos revisar las guías metodológicas puestas a consideración y hacernos llegar sus comentarios a más tardar el día miércoles primero (1) de febrero a los correos electrónicos:
 
carolinasanchez@fenalco.com.co
juanarango@fenalco.com.co
 
Adjuntamos por su interés las cartillas mencionadas. 
 
Reciban un cordial saludo,
 
 
 
 
CAROLINA SANCHEZ LÓPEZ
Directora Jurídica

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