La vacancia en el Consejo de Estado
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La última reforma a la Ley Estatutaria de la Justicia, la Ley 1285 del 22 de enero de 2009, creó 4 nuevos cargos de Consejero para la Sección Tercera, la más congestionada del Consejo de Estado, la cual hoy está fallando demandas que entraron al Despacho para decisión final hace más de 10 años. A estos 4 nuevos cargos, se suman 5 vacantes más de 4 Consejeros que se han retirado por cumplimiento de periodo o pensión y una más por muerte.
El Consejo de Estado, que nombra en Sala Plena y por cooptación los nuevos cargos y los reemplazos de sus Consejeros salientes, de listas de elegibles remitidas por el Consejo Superior de la Judicatura, tiene establecido por reglamento interno que para elegir se requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros que componen la Corporación. Es decir, para lograr la elección de un nuevo Consejero, se requiere 18 de los 23 votos posibles de alcanzar en este momento, una misión tan imposible que desde el año pasado la Sala Plena viene haciendo una votación semanal para escoger el reemplazo del doctor Ramiro Saavedra Becerra, y hasta hoy ningún candidato ha podido obtener la mayoría requerida.
El Consejo de Estado resuelve asuntos de la mayor trascendencia nacional, es la cabeza de la jurisdicción contencioso–administrativa, decide sobre todas las demandas contra el Estado y declara la ilegalidad de los actos administrativos que contrarían la Ley o la Constitución, entre otros muchos asuntos.
Pero, ¿qué justicia es la que llega 10 o 12 años después? ¿Qué eficacia tiene declarar nulo un decreto o cualquier acto administrativo después de 10 años, cuando probablemente ya ha sido modificado no una sino varias veces? ¿Cuál es la noción de justicia que queremos transmitirle a la sociedad colombiana? Vale la pena hacer un reconocimiento expreso a las demás Cortes, especialmente a la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, que a pesar de tener también volúmenes inmensos de expedientes y procesos, todos se resuelven en un tiempo razonable.
Recuerdo la frase lapidaria que nos decían nuestros profesores de la universidad cuando empecé a estudiar derecho hace poco más de 40 años: “muchachos, la vida de un abogado son dos procesos ordinarios…” Pareciera ser que esa frase sigue siendo cierta en la jurisdicción contencioso administrativa.
Sin duda alguna todos debemos asumir la responsabilidad de sacar adelante nuestra maltrecha e ineficiente justicia. Los particulares ya hemos puesto nuestra cuota de sacrificio, aceptando un “arancel judicial” impuesto en la última reforma a la Ley Estatutaria de la Justicia, que hace mucho más gravoso el acceso al aparato judicial, pero que esperamos sea retribuido en mayor eficiencia, celeridad y dignidad de la justicia.
Solicitamos pues a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado, con el respeto que siempre nos han merecido, que cumplan su función y que de manera pronta llenen las vacantes que deben proveer, para que el país pueda continuar su marcha sin más traumatismos y demoras.
Mucho se ha hablado del daño que le está haciendo a la justicia penal la interinidad del cargo de Fiscal General de la Nación, que ya completa 10 meses sin que la Corte Suprema de Justicia elija al sucesor del doctor Mario Iguarán Arana, pero poco o nada se ha hablado de la demora en el nombramiento de 9 vacantes en el Consejo de Estado, una de las instituciones de la justicia más atrasadas y lentas.
La última reforma a la Ley Estatutaria de la Justicia, la Ley 1285 del 22 de enero de 2009, creó 4 nuevos cargos de Consejero para la Sección Tercera, la más congestionada del Consejo de Estado, la cual hoy está fallando demandas que entraron al Despacho para decisión final hace más de 10 años. A estos 4 nuevos cargos, se suman 5 vacantes más de 4 Consejeros que se han retirado por cumplimiento de periodo o pensión y una más por muerte.
El Consejo de Estado, que nombra en Sala Plena y por cooptación los nuevos cargos y los reemplazos de sus Consejeros salientes, de listas de elegibles remitidas por el Consejo Superior de la Judicatura, tiene establecido por reglamento interno que para elegir se requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros que componen la Corporación. Es decir, para lograr la elección de un nuevo Consejero, se requiere 18 de los 23 votos posibles de alcanzar en este momento, una misión tan imposible que desde el año pasado la Sala Plena viene haciendo una votación semanal para escoger el reemplazo del doctor Ramiro Saavedra Becerra, y hasta hoy ningún candidato ha podido obtener la mayoría requerida.
El Consejo de Estado resuelve asuntos de la mayor trascendencia nacional, es la cabeza de la jurisdicción contencioso–administrativa, decide sobre todas las demandas contra el Estado y declara la ilegalidad de los actos administrativos que contrarían la Ley o la Constitución, entre otros muchos asuntos.
Pero, ¿qué justicia es la que llega 10 o 12 años después? ¿Qué eficacia tiene declarar nulo un decreto o cualquier acto administrativo después de 10 años, cuando probablemente ya ha sido modificado no una sino varias veces? ¿Cuál es la noción de justicia que queremos transmitirle a la sociedad colombiana? Vale la pena hacer un reconocimiento expreso a las demás Cortes, especialmente a la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, que a pesar de tener también volúmenes inmensos de expedientes y procesos, todos se resuelven en un tiempo razonable.
Recuerdo la frase lapidaria que nos decían nuestros profesores de la universidad cuando empecé a estudiar derecho hace poco más de 40 años: “muchachos, la vida de un abogado son dos procesos ordinarios…” Pareciera ser que esa frase sigue siendo cierta en la jurisdicción contencioso administrativa.
Sin duda alguna todos debemos asumir la responsabilidad de sacar adelante nuestra maltrecha e ineficiente justicia. Los particulares ya hemos puesto nuestra cuota de sacrificio, aceptando un “arancel judicial” impuesto en la última reforma a la Ley Estatutaria de la Justicia, que hace mucho más gravoso el acceso al aparato judicial, pero que esperamos sea retribuido en mayor eficiencia, celeridad y dignidad de la justicia.
Solicitamos pues a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado, con el respeto que siempre nos han merecido, que cumplan su función y que de manera pronta llenen las vacantes que deben proveer, para que el país pueda continuar su marcha sin más traumatismos y demoras.
La última reforma a la Ley Estatutaria de la Justicia, la Ley 1285 del 22 de enero de 2009, creó 4 nuevos cargos de Consejero para la Sección Tercera, la más congestionada del Consejo de Estado, la cual hoy está fallando demandas que entraron al Despacho para decisión final hace más de 10 años. A estos 4 nuevos cargos, se suman 5 vacantes más de 4 Consejeros que se han retirado por cumplimiento de periodo o pensión y una más por muerte.
El Consejo de Estado, que nombra en Sala Plena y por cooptación los nuevos cargos y los reemplazos de sus Consejeros salientes, de listas de elegibles remitidas por el Consejo Superior de la Judicatura, tiene establecido por reglamento interno que para elegir se requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros que componen la Corporación. Es decir, para lograr la elección de un nuevo Consejero, se requiere 18 de los 23 votos posibles de alcanzar en este momento, una misión tan imposible que desde el año pasado la Sala Plena viene haciendo una votación semanal para escoger el reemplazo del doctor Ramiro Saavedra Becerra, y hasta hoy ningún candidato ha podido obtener la mayoría requerida.
El Consejo de Estado resuelve asuntos de la mayor trascendencia nacional, es la cabeza de la jurisdicción contencioso–administrativa, decide sobre todas las demandas contra el Estado y declara la ilegalidad de los actos administrativos que contrarían la Ley o la Constitución, entre otros muchos asuntos.
Pero, ¿qué justicia es la que llega 10 o 12 años después? ¿Qué eficacia tiene declarar nulo un decreto o cualquier acto administrativo después de 10 años, cuando probablemente ya ha sido modificado no una sino varias veces? ¿Cuál es la noción de justicia que queremos transmitirle a la sociedad colombiana? Vale la pena hacer un reconocimiento expreso a las demás Cortes, especialmente a la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, que a pesar de tener también volúmenes inmensos de expedientes y procesos, todos se resuelven en un tiempo razonable.
Recuerdo la frase lapidaria que nos decían nuestros profesores de la universidad cuando empecé a estudiar derecho hace poco más de 40 años: “muchachos, la vida de un abogado son dos procesos ordinarios…” Pareciera ser que esa frase sigue siendo cierta en la jurisdicción contencioso administrativa.
Sin duda alguna todos debemos asumir la responsabilidad de sacar adelante nuestra maltrecha e ineficiente justicia. Los particulares ya hemos puesto nuestra cuota de sacrificio, aceptando un “arancel judicial” impuesto en la última reforma a la Ley Estatutaria de la Justicia, que hace mucho más gravoso el acceso al aparato judicial, pero que esperamos sea retribuido en mayor eficiencia, celeridad y dignidad de la justicia.
Solicitamos pues a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado, con el respeto que siempre nos han merecido, que cumplan su función y que de manera pronta llenen las vacantes que deben proveer, para que el país pueda continuar su marcha sin más traumatismos y demoras.
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