CIRCULAR 226

CIRCULAR 226

SOLICITUDES DE REGISTRO DE IMPORTACIONES SUJETAS A REGLAMENTO TÉCNICO DEBEN ADJUNTAR VÍA ELECTRÓNICA CERTIFICADO QUE DEMUESTRE SU CUMPLIMIENTO

 

Por considerarlo de su especial interés, nos permitimos remitirles la circular 017 del 31 de mayo de 2011, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante el cual informan que con el fin de agilizar la revisión de las solicitudes de registros y licencias de importación por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, será obligatorio adjuntar electrónicamente los certificados de conformidad que demuestren el cumplimiento del reglamento técnico respectivo.

 

La nueva disposición será obligatoria a partir del siete (7) de junio próximo, fecha en la cual las solicitudes de importación que se presenten ante la SIC, que no se diligencien de conformidad con lo señalado en dicha circular, no quedarán habilitadas para el pago y en consecuencia, no se podrá tramitar el visto bueno correspondiente.

 

 

Para ver el texto de la circular 017 descargue el archivo adjunto. 

 

 

Reciban un cordial saludo,

 

 

 

 

CAROLINA SÁNCHEZ LÓPEZ

Directora Jurídica

 

Fuente Noticia: 

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

CIRCULAR 226

SOLICITUDES DE REGISTRO DE IMPORTACIONES SUJETAS A REGLAMENTO TÉCNICO DEBEN ADJUNTAR VÍA ELECTRÓNICA CERTIFICADO QUE DEMUESTRE SU CUMPLIMIENTO

 

Por considerarlo de su especial interés, nos permitimos remitirles la circular 017 del 31 de mayo de 2011, del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante el cual informan que con el fin de agilizar la revisión de las solicitudes de registros y licencias de importación por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio SIC, será obligatorio adjuntar electrónicamente los certificados de conformidad que demuestren el cumplimiento del reglamento técnico respectivo.

 

La nueva disposición será obligatoria a partir del siete (7) de junio próximo, fecha en la cual las solicitudes de importación que se presenten ante la SIC, que no se diligencien de conformidad con lo señalado en dicha circular, no quedarán habilitadas para el pago y en consecuencia, no se podrá tramitar el visto bueno correspondiente.

 

 

Para ver el texto de la circular 017 descargue el archivo adjunto. 

 

 

Reciban un cordial saludo,

 

 

 

 

CAROLINA SÁNCHEZ LÓPEZ

Directora Jurídica

 

Fuente Noticia: 

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

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