CIRCULAR 209 DE 2011

CIRCULAR 209 DE 2011

A CONCILIACIÓN PROYECTO DE LEY DEL ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN

 

Por considerarlo de su especial interés, nos permitimos remitirles el texto del informe de conciliación que será sometido a discusión en las plenarias del Senado y de la Cámara de Representantes, del Proyecto de Ley No. 174 de 2010 cámara – 142 de 2010 senado, “por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.

 

Dentro de los puntos más importantes de esta conciliación, está la exclusión de la reglamentación de la actividad de lobby o cabildeo.

 

El informe de conciliación contiene además, un artículo que adiciona una causal de cancelación de la inscripción de contador público, a los que actúen como revisores fiscales y no pongan en conocimiento actos de corrupción que tengan o conozcan en razón de su cargo.

 

Igualmente, se tipifican como delictivas nuevas conductas, tales como la corrupción privada, la administración desleal, el tráfico de influencias por parte de particulares, las prácticas restrictivas de la competencia en procesos de contratación pública, entre otros, y se incrementaron las penas en caso del agiotaje y especulación cuando se realice con medicamentos y dispositivos médicos,  la evasión fiscal en monopolios rentísticos.

 

 

Para ver el informe de conciliación descargue el archivo adjunto 

 

 

Reciban un cordial saludo,

 

 

 

 

CAROLINA SÁNCHEZ LÓPEZ

Directora Jurídica

Fuente Noticia: 

Congreso de la República

CIRCULAR 209 DE 2011

A CONCILIACIÓN PROYECTO DE LEY DEL ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN

 

Por considerarlo de su especial interés, nos permitimos remitirles el texto del informe de conciliación que será sometido a discusión en las plenarias del Senado y de la Cámara de Representantes, del Proyecto de Ley No. 174 de 2010 cámara – 142 de 2010 senado, “por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.

 

Dentro de los puntos más importantes de esta conciliación, está la exclusión de la reglamentación de la actividad de lobby o cabildeo.

 

El informe de conciliación contiene además, un artículo que adiciona una causal de cancelación de la inscripción de contador público, a los que actúen como revisores fiscales y no pongan en conocimiento actos de corrupción que tengan o conozcan en razón de su cargo.

 

Igualmente, se tipifican como delictivas nuevas conductas, tales como la corrupción privada, la administración desleal, el tráfico de influencias por parte de particulares, las prácticas restrictivas de la competencia en procesos de contratación pública, entre otros, y se incrementaron las penas en caso del agiotaje y especulación cuando se realice con medicamentos y dispositivos médicos,  la evasión fiscal en monopolios rentísticos.

 

 

Para ver el informe de conciliación descargue el archivo adjunto 

 

 

Reciban un cordial saludo,

 

 

 

 

CAROLINA SÁNCHEZ LÓPEZ

Directora Jurídica

Fuente Noticia: 

Congreso de la República

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