Retos y desafíos del sector de vehículos para los próximos años

Con relación a 2007 -año histórico en las ventas de vehículos en Colombia-, en lo corrido de 2009, las ventas de vehículos han caído un 20%. Dicha situación ha tenido un impacto directo en los niveles de desempleo y en el recaudo de impuestos, que va desde el pago de arancel en el momento de la importación, el valor agregado –IVA-, la sobretasa a la gasolina, de origen territorial, y  el impuesto de rodamiento, entre otros tantos que se generan alrededor de los vehículos.

Adicional a la situación de por sí ‘difícil’ para el sector automotor colombiano, pareciera que se libra actualmente una ‘guerra al vehículo’, por el cúmulo de normas desfavorables que se han expedido contra este sector en lo corrido del año y de otras tantas que a la fecha  se encuentran en trámite.

Entre dichas normas no haré mención al ‘Pico y Placa’, que ha afectado no sólo las ventas de vehículos, sino además ha hecho mella en otros  sectores del comercio que indirectamente han resentido la medida.
Por el contrario y con relación al ordenamiento jurídico en materia de vehículos, quisiera compartir nuestra preocupación por tres temas en particular: el programa de reposición de vehículos, la política gubernamental de biocombustibles y, por último, los niveles de emisiones contaminantes.

Con respecto al primero, en el marco de un paro camionero realizado en 2008, el Gobierno Nacional se vio en la necesidad de expedir los  decretos 2085 y 2450 del mismo año, mediante los cuales se incrementaron significativamente las condiciones para matricular camiones de más de 10.500 kgs. de PBV –Peso Bruto Vehicular-, en forma tal que las ventas de este tipo de vehículos cayeron en un 80% aproximadamente. Los costos que dichos decretos ocasionaron para los tenedores y vendedores de este segmento fueron importantes.

Sin embargo y tras la labor de casi un año, se tramitó en el Ministerio de Transporte el decreto 3.663 de 23 de septiembre pasado, cuyo objeto fue el de flexibilizar el programa de reposición para los camiones que se encontraban en inventarios antes de la expedición de los decretos 2.085 y 2.450. El mencionado decreto permitió la venta de dichos vehículos bajo las anteriores ‘reglas del juego’.

Lo anterior no obsta para que persistan las siguientes dudas: ¿qué sucederá hacia futuro en el mercado de camiones nuevos, ya que las condiciones para la introducción de estos serán las consagradas en los decretos antes mencionados?. ¿Cómo puede Colombia, con un parque automotor con un promedio de uso de 24 años, darse el lujo de dificultar la venta de camiones nuevos? Ni hablar de las inversiones extranjeras que se construyeron en plantas y talleres, cuyos camiones no podrán venderse libremente. Estos interrogantes le quedan al Ministerio de Transporte.

De otra parte, el tema de los biocombustibles no es menos preocupante. Con respecto a la gasolina, se expidió el decreto 1.135/09, mediante el cual a partir de 2012 un alto porcentaje de los vehículos que se importen o ensamblen en Colombia, deberán cumplir con Flex-fuel 85 o E85. Es decir deberán soportar mezclas de 85% de etanol y 15% de gasolinas de origen fósil.

En este sentido, le hemos hecho notar al Ministerio de Minas que de acuerdo con un estudio realizado por ensambladores e importadores conjuntamente, se prevé que a 2012 tres de cada cuatro marcas no tendrán equipos disponibles para cumplir con la norma. También le hemos sugerido tener en cuenta que Colombia representa únicamente el 0.3% del mercado mundial y que en Estados Unidos la administración Obama ha fijado una meta de 35.5 millas por galón para 2016, sin mencionar qué tipo de combustible se usará. Afortunadamente, se encuentra en estudio el tema en el Ministerio, para flexibilizar la norma.

Con respecto a los vehículos diésel el panorama es igualmente sombrío. El decreto 2.629 de 2007, estipula que a partir del 1 de enero de 2010, los motores que operen con base en este combustible, deberán soportar una mezcla con diesel de palma del 10%. Hemos hecho notar al Ministerio de Minas y al gremio de los palmeros, que los cinco principales fabricantes de sistemas de inyección en el mundo, no garantizan una mezcla superior al 5%.

Se han hecho pruebas con motores Euro II, que a partir del año próximo y en virtud de la norma de emisión de gases, resolución 180158 de 2007, no podrán entrar al país. Se hace necesario realizar pruebas con equipos Euro IV, cuya disponibilidad mundial es escasa, por lo cual FENALCO está trabajando con Fedepalma y el Ministerio de Minas en la realización de pruebas con la participación de los afiliados al Gremio.
Es necesario que se prorrogue la entrada en vigencia de la obligatoriedad del B10, por lo menos tres años más, mientras se hacen las pruebas mencionadas.

Finalmente, con respecto a los niveles de emisiones contaminantes establecidas en la resolución 180.158 de 2007, ésta establece para los   servicios público y mixto de pasajeros la exigencia de equipos Euro III y IV para el próximo año y en ciertas regiones del país. El gran inconveniente que se ha presentado con la exigibilidad en 2010 de dichos equipos, es que éstos no se encuentran disponibles en el mercado para Colombia, por ello hemos solicitado prorrogar su entrada en vigencia, con el fin de que se ajuste a los postulados de la ley 1.205 de 2008, es decir hasta el 31 de diciembre de 2012.

Si bien estas medidas contienen elementos importantes y positivos para el país, como lo son los cultivos de palma y caña de azúcar para la producción de biocombustibles, también se hace necesario compaginar la política agrícola con la disponibilidad de vehículos que soporten dichas mezclas. De no tenerse en cuenta esta situación, se generarán traumas en la comercialización de vehículos, ya de por sí afectados por la situación, como lo mencionamos al principio, así como también de los biocombustibles que se quieren promocionar, porque no habrá el mercado para ellos.
Con relación a 2007 -año histórico en las ventas de vehículos en Colombia-, en lo corrido de 2009, las ventas de vehículos han caído un 20%. Dicha situación ha tenido un impacto directo en los niveles de desempleo y en el recaudo de impuestos, que va desde el pago de arancel en el momento de la importación, el valor agregado –IVA-, la sobretasa a la gasolina, de origen territorial, y  el impuesto de rodamiento, entre otros tantos que se generan alrededor de los vehículos.

Adicional a la situación de por sí ‘difícil’ para el sector automotor colombiano, pareciera que se libra actualmente una ‘guerra al vehículo’, por el cúmulo de normas desfavorables que se han expedido contra este sector en lo corrido del año y de otras tantas que a la fecha  se encuentran en trámite.

Entre dichas normas no haré mención al ‘Pico y Placa’, que ha afectado no sólo las ventas de vehículos, sino además ha hecho mella en otros  sectores del comercio que indirectamente han resentido la medida.
Por el contrario y con relación al ordenamiento jurídico en materia de vehículos, quisiera compartir nuestra preocupación por tres temas en particular: el programa de reposición de vehículos, la política gubernamental de biocombustibles y, por último, los niveles de emisiones contaminantes.

Con respecto al primero, en el marco de un paro camionero realizado en 2008, el Gobierno Nacional se vio en la necesidad de expedir los  decretos 2085 y 2450 del mismo año, mediante los cuales se incrementaron significativamente las condiciones para matricular camiones de más de 10.500 kgs. de PBV –Peso Bruto Vehicular-, en forma tal que las ventas de este tipo de vehículos cayeron en un 80% aproximadamente. Los costos que dichos decretos ocasionaron para los tenedores y vendedores de este segmento fueron importantes.

Sin embargo y tras la labor de casi un año, se tramitó en el Ministerio de Transporte el decreto 3.663 de 23 de septiembre pasado, cuyo objeto fue el de flexibilizar el programa de reposición para los camiones que se encontraban en inventarios antes de la expedición de los decretos 2.085 y 2.450. El mencionado decreto permitió la venta de dichos vehículos bajo las anteriores ‘reglas del juego’.

Lo anterior no obsta para que persistan las siguientes dudas: ¿qué sucederá hacia futuro en el mercado de camiones nuevos, ya que las condiciones para la introducción de estos serán las consagradas en los decretos antes mencionados?. ¿Cómo puede Colombia, con un parque automotor con un promedio de uso de 24 años, darse el lujo de dificultar la venta de camiones nuevos? Ni hablar de las inversiones extranjeras que se construyeron en plantas y talleres, cuyos camiones no podrán venderse libremente. Estos interrogantes le quedan al Ministerio de Transporte.

De otra parte, el tema de los biocombustibles no es menos preocupante. Con respecto a la gasolina, se expidió el decreto 1.135/09, mediante el cual a partir de 2012 un alto porcentaje de los vehículos que se importen o ensamblen en Colombia, deberán cumplir con Flex-fuel 85 o E85. Es decir deberán soportar mezclas de 85% de etanol y 15% de gasolinas de origen fósil.

En este sentido, le hemos hecho notar al Ministerio de Minas que de acuerdo con un estudio realizado por ensambladores e importadores conjuntamente, se prevé que a 2012 tres de cada cuatro marcas no tendrán equipos disponibles para cumplir con la norma. También le hemos sugerido tener en cuenta que Colombia representa únicamente el 0.3% del mercado mundial y que en Estados Unidos la administración Obama ha fijado una meta de 35.5 millas por galón para 2016, sin mencionar qué tipo de combustible se usará. Afortunadamente, se encuentra en estudio el tema en el Ministerio, para flexibilizar la norma.

Con respecto a los vehículos diésel el panorama es igualmente sombrío. El decreto 2.629 de 2007, estipula que a partir del 1 de enero de 2010, los motores que operen con base en este combustible, deberán soportar una mezcla con diesel de palma del 10%. Hemos hecho notar al Ministerio de Minas y al gremio de los palmeros, que los cinco principales fabricantes de sistemas de inyección en el mundo, no garantizan una mezcla superior al 5%.

Se han hecho pruebas con motores Euro II, que a partir del año próximo y en virtud de la norma de emisión de gases, resolución 180158 de 2007, no podrán entrar al país. Se hace necesario realizar pruebas con equipos Euro IV, cuya disponibilidad mundial es escasa, por lo cual FENALCO está trabajando con Fedepalma y el Ministerio de Minas en la realización de pruebas con la participación de los afiliados al Gremio.
Es necesario que se prorrogue la entrada en vigencia de la obligatoriedad del B10, por lo menos tres años más, mientras se hacen las pruebas mencionadas.

Finalmente, con respecto a los niveles de emisiones contaminantes establecidas en la resolución 180.158 de 2007, ésta establece para los   servicios público y mixto de pasajeros la exigencia de equipos Euro III y IV para el próximo año y en ciertas regiones del país. El gran inconveniente que se ha presentado con la exigibilidad en 2010 de dichos equipos, es que éstos no se encuentran disponibles en el mercado para Colombia, por ello hemos solicitado prorrogar su entrada en vigencia, con el fin de que se ajuste a los postulados de la ley 1.205 de 2008, es decir hasta el 31 de diciembre de 2012.

Si bien estas medidas contienen elementos importantes y positivos para el país, como lo son los cultivos de palma y caña de azúcar para la producción de biocombustibles, también se hace necesario compaginar la política agrícola con la disponibilidad de vehículos que soporten dichas mezclas. De no tenerse en cuenta esta situación, se generarán traumas en la comercialización de vehículos, ya de por sí afectados por la situación, como lo mencionamos al principio, así como también de los biocombustibles que se quieren promocionar, porque no habrá el mercado para ellos.

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